ACNEE




¿Quiénes son los ACNEE?


Alumnos Con Necesidades Educativas Especiales

Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de la conducta, la personalidad o el desarrollo.
Son, por tanto, alumnos con discapacidad o trastornos graves de la conducta, la personalidad o el desarrollo, según las siguientes tipologías:


La normativa por su parte, establece que para que un alumno sea considerado como ACNEE, necesita un informe de evaluación psicopedagógica y además un Dictamen de escolarización elaborado por los profesionales los responsables de la orientación, que establecen la presencia de necesidades educativas especiales y la modalidad de escolarización más adecuada para ese alumno. Las modalidades de escolarización pueden ser: escolarización en centro ordinario, en centro de educación especial, o una escolarización combinada entre ambos.

¿Quiénes son los ACNEAE?


Alumnos Con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo


Son aquellos alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar.

Es decir, son una categoría más amplia que incluye a los anteriores:




La LOMCE definía a este alumnado como aquel que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o historia escolar.

Los profesionales responsables de la orientación son los que deben detectar esas necesidades específicas de apoyo educativo y dejar constancia de ello en un informe de evaluación psicopedagógica.
Alumnado con Necesidades Educativas Especiales (ACNEE).
  • Alumnado con Altas Capacidades Intelectuales (AACI): alumnos con un cociente intelectual igual o superior a 130, creatividad, rendimiento escolar y motivación altos.
  • Alumnado con Dificultades Específicas de Aprendizaje (ADEA): alumnos que, sin ser ACNEE, presentan alguna dificultad específica que le impide seguir con normalidad su aprendizaje en el ámbito escolar (falta de atención, dificultades de la lectoescritura…).
  • Alumnado de Integración Tardía al Sistema Educativo Español (AITSEE): alumnos que, por proceder de otros países u otras razones, se integren tardíamente a nuestro sistema educativo y presente un desfase curricular respecto a su grupo.
  • Alumnado con Condiciones Personales o de Historia Escolar (ACPHE): aquel alumnado que por sus condiciones personales o historia escolar (absentismo, compensatoria…) presenta un desajuste curricular.

Diferencias entre ACNEAE y ACNEE

1º. Los ACNEE requieren, además del informe de evaluación psicopedagógica, de un dictamen de escolarización.

2º. Los ACNEE pueden escolarizarse en centros de educación especial, en escolarización combinada o en centros ordinarios, mientras que el resto de ACNEAE se escolarizan siempre en centros ordinarios.

3º. Los ACNEE suelen recibir una Adaptación Curricular Individualizada Significativa, mientras que el resto de ACNEAE siguen el currículo ordinario.

4º. La evaluación de los ACNEE tiene como referencia los criterios y objetivos establecidos en su adaptación curricular individualizada, mientras que para el resto de ACNEAE, la referencia para la evaluación son los contenidos y criterios de evaluación del nivel en el que se encuentra.




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